Abengoa se declara en quiebra. Quién fuera una de las grandes multinacionales españolas especializada en el sector de las energías renovables, se ha tenido que declarar en bancarrota al tener un déficit patrimonial de 388 millones de euros.
El grupo, que está integrado por 325 sociedades donde una parte ya están en concurso de acreedores desde el pasado 18 de agosto, busca poder lograr un acuerdo para convertir parte de los 153 millones de su deuda vencida en créditos participativos.
Esta mala noticia para el sector es, sin duda alguna, el camino que han tenido muchas empresas debido a la crisis provocada por la Covid-19.
Por otro lado, nos debemos de preguntar también qué pasará con los 14.000 trabajadores que emplea la compañía. Para ello, hemos tenido la oportunidad de entrevistar a Raquel de la Viña, Asociada Senior en DA Lawyer.
Pregunta: ¿Qué va a pasar con los trabajadores que están dentro de la empresa?
Respuesta: «Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que las obligaciones de seguir prestando servicio siguen vigentes. Es decir, las relaciones laborales están vivas y los trabajadores tienen la obligación de seguir prestando servicio. Esto no quita que los trabajadores en caso de impago de salarios continuado y habitual, puedan solicitar la extinción de ese contrato por su propia voluntad» .
P: ¿Podrían recibir los empleados alguna ayuda por parte del Gobierno?
R: «No sé si van a recibir ayuda por parte del Gobierno ya sea Nacional o de la Junta de Andalucía. Cuando analizo las noticias me da la sensación de que no quieren aportar dinero a fondo perdido. Lo veo bastante difícil en ese sentido, lo que no quita que se llegue a una solución y que los sindicatos consigan algún acuerdo con el gobierno en ese sentido».
P: ¿Existe la posibilidad de que los trabajadores puedan verse involucrados en un ERTE o ERE? O, ¿irían simplemente a engrosar las listas del paro?
R: «Sí, no irían directamente a engrosar las listas del paro. Sino que dentro del procedimiento concursal, con unas reglas específicas en la participación del administrador concursal y siendo quién lo tiene que aprobar el juez del concurso, se podrían tomar medidas de flexibilidad interna o externa de carácter colectivo ya sean despidos colectivos, suspensiones de contrato, modificaciones…».
«Se podrían tomar medidas de flexibilidad interna o externa»
P: ¿Qué ocurriría con el pago de salarios si una empresa decide comprar una parte de Abengoa?
R: «Existe la posibilidad de que el juez del concurso decida establecer que el nuevo adquirente no se haga cargo de la parte de la cuantía de los salarios, indemnizaciones (…) Esto da mayor libertad al juez del concurso para intentar disponer la vuelta al tejido productivo de la empresa en pequeñas unidades, con lo cuál, yo creo que contribuye mucho más al mantenimiento del empleo y hace mucho más atractivo a los inversores, invertir en una empresa tan importante como es el sector de la energía renovable»
Lo que queda claro, de la entrada de Abengoa en un procedimiento concursal, es que la compañía puede «intentar revivir a la empresa y conseguir el mantenimiento del empleo y de sus trabajadores».
Si quieres escuchar las conclusiones de la abogada y asesora laborista, Raquel de la Viña, sobre el caso Abengoa, puedes hacerlo en el siguiente podcast: