Según los últimos datos de Eurofund, el trabajo a distancia se ha elevado a un 30,7%, en contraste al 4% del principio de la pandemia.
Tras estos datos, el Ministerio de Trabajo, está realizando un marco regulatorio que apuesta por establecer el trabajo a distancia como una práctica voluntaria que respete la igualdad de trato y las condiciones laborales de los que opten por teletrabajar y los que no.
La puesta en marcha de esta nueva normativa, aún se encuentra en borrador.
Además, «no será uniforme en todas las empresas, sino que la facilidad con la que se acometerán los nuevos requisitos legales dependerá de la frecuencia de uso de esta modalidad antes de la crisis…», explicaba Fernando Soto, Business Line Manager de Compliance de TÜV SÜD España y Portugal.
El marco regulatorio considera como principal derecho la desconexión principal del empleado y la protección de su privacidad.
Señala Eurofund que deberán establecerse mecanismos de diálogo entre el empleado y el empleador, con el objetivo de evitar problemas, como la conciliación familiar y la laboral.
No obstante, lo que es indiscutible es el derecho de privacidad del empleado.
En relación a su capacidad familiar, será necesario revisar las necesidades y establecer unos límites, pudiendo definir personal de guardia o coordinadores que ayuden en la gestión, si fuera preciso, o evaluar de qué forma o en qué momento se puede contar con ellos.
En cuanto a la flexibilidad de la jornada laboral, el experto de TÜV SÜD, asegura que la reforma laboral obligaba a implementar un registro horario que estimuló la creación de diversas herramientas digitales, por lo que en consiguiente, ya existen varias metodologías, para el seguimiento y el control de los horarios.
Respecto a los mecanismos de compensación derivados del teletrabajo, la división de Compliance de TÜV SÜD, aconseja buscar entendimiento, basado en un profundo estudio de la normativa vigente y la escucha activa de todas las partes del conflicto.
En definitiva, asegura el experto Fernando Soto que es esencial que la aplicación de la normativa legal apuntada por Eurofund especifique cada uno de los puntos y no deje lugar a posibles interpretaciones o conflictos pendientes de resolución.